Vistas de página en total

5 de marzo de 2012

IMPUESTO DE SOCIEDADES

El Impuesto de Sociedades es un tributo directo y personal que grava la obtención de rentas por las sociedades y personas jurídicas de acuerdo con la ley (artículos 1, 4 y 7 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto de Sociedades). 

Este impuesto es un tributo de directo que recae sobre las rentas que obtenga el sujeto pasivo residente en territorio español, es decir, las sociedades y demás entidades jurídicas determinadas en el artículo 7 de la Ley, cualquiera que sea su origen y el lugar donde se genere.

El Impuesto sobre Sociedades se aplicará en todo el territorio español excepto en los Territorios Históricos de la Comunidad Autónoma del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra, que tienen regímenes especiales. Son sujetos pasivos de este impuesto las personas jurídicas (excepto las sociedades civiles), los fondos de inversión, las UTE´s (uniones temporales de empresas), los fondos de capital-riesgo, los fondos de pensiones, los fondos de titulización hipotecaria y de activos, entre otros.

Lo cierto es que siempre me ha llamado la atención la estructura de la cuantía de pago del impuesto. Es una tabla muy simple:

Según esto, las pequeñas empresas españolas, que son la gran mayoría, pagan cuotas del 20% al 25% si el beneficio no supera los 300.000 euros, y del 25% al 30% si se supera esa cifra. Sin embargo, hace tabla rasa del resto de empresas de tamaño medio o grande: la cuota es del 30%.

No parece lógico. Una empresa de tamaño medio puede tener exiguos beneficios y se le imputará el 30%, mientras que grandes empresas como Telefónica (5.402 millones de euros de beneficio en 2011) o el Banco Santander (5.350) pagan el mismo porcentaje. Al igual que en el impuesto sobre la Renta, estas cuotas podrían y deberían ser progresivas, con tramos que partiendo el 30% fueran aumentando progresivamente en función de los beneficios. Este sí sería un incremento recaudatorio de calado, que contribuiría a aliviar el déficit público y ahorrar medidas de recorte social.

Además, hay que tener en cuenta que son precisamente las grandes empresas las que por su naturaleza tienen mayor acceso a las desgravaciones del impuesto, exenciones que, con el nivel de desempleo actual, debieran orientarse –al menos temporalmente- a premiar a aquellas que mantengan o incrementen los puestos de trabajo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario