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23 de marzo de 2019

PROCES, ESCOCIA, QUEBEC, LOS DATOS LO DICEN TODO

Ya que algunos representantes del independentismo catalán han hecho referencia a los referéndums de Quebec y Escocia, podría ser útil recordar los términos y circunstancias de ambos.

CANADÁ
En el referéndum de Quebec de 1980 no se votaba a favor o en contra de la independencia, sino acerca de si se autorizaba o no al gobierno de la provincia a intentar negociar un acuerdo con el resto de Canadá por el que Quebec obtendría su plena soberanía manteniendo al mismo tiempo un acuerdo de asociación con el resto del Estado. El resultado fue claramente desfavorable a los partidarios de la independencia. Con una  participación del 84,3%, un porcentaje muy alto, 1.478.200 personas votaron «Sí», lo que suponía un 40,5% del voto emitido; 2.171.913 ciudadanos votaron «No», un 59,56%.

Pasaron tres lustros hasta que, de nuevo, las aspiraciones secesionistas de la provincia de Quebec volvieran a materializarse, impulsadas por el Parti Québécois,  a través de un nuevo referéndum.

Así pues, el 30 de octubre de 1995, se realizó el segundo referéndum en la provincia de Quebec para preguntar a los votantes si deseaban separarse de Canadá y convertirse en un Estado independiente. Resultado: 50,58% "No", 49,42% "Sí". Volvió a ganar el No,  por solo 54.228 votos de margen.

Casi un año después, concretamente el 30 de septiembre de 1996, la Corte Suprema de Canadá (que es el Tribunal Supremo del país y hace el papel de Tribunal Constitucional) emitió una sentencia que establecía las condiciones en las cuales el Gobierno canadiense, podría negociar la posible secesión de una de sus provincias tras un referéndum.

Entre otras cosas se establecía que la pregunta a realizar fuera suficientemente clara, tras un largo debate en el que participaran todas las partes implicadas, así como que habría de obtenerse, necesariamente, una “mayoría reforzada”. También fijaba que Quebec no tendría el derecho a separarse unilateralmente por la legislación canadiense o internacional, así como que la secesión de una provincia de Canadá requeriría obligatoriamente una enmienda a la Constitución.

Los nacionalistas de Quebec años después respondieron con una ley propia (28 de febrero de 2001) que establecía su derecho a independizarse a través de un referéndum que se ganase con un 50% más uno de los votos válidamente emitidos.
El Ministro para Asuntos Intergubernamentales del gobierno canadiense,  Stephan Dion, consideró que la ley de 1996 había convertido a Canadá en el primer gran Estado democrático que admitía su divisibilidad en un texto legislativo, precisando que su Gobierno “sólo aceptaría entablar una negociación sobre la secesión en caso de que la población de una provincia manifestara claramente su voluntad de separarse de Canadá, que tendría que expresarse mediante una mayoría clara que responda a una pregunta que aborde claramente la cuestión de la secesión, y sólo después de que el proceso negociador hubiera concluido con justicia para todos en el marco de la primacía del Derecho”.

Posteriormente, en junio de 2000, el Parlamento aprobó la denominada “Ley sobre la Claridad referendaria”, en la que a la Cámara de los Comunes de Canadá se le confería el poder de decidir si la pregunta del referéndum de un hipotético proceso de secesión es clara antes de ser sometida a votación. También que dicha Cámara tuviera la facultad de determinar si una “clara mayoría” se habría producido en la consulta, lo que implicaría que algún tipo de mayoría reforzada sería necesaria para considerar que el resultado del referéndum habría sido favorable a la secesión. Asimismo, que todas las provincias y las primeras naciones (entidades políticas formadas por aborígenes americanos reconocidas en el sistema político canadiense) deberían tomar parte en las negociaciones, pudiendo la Cámara de los Comunes anular una decisión alcanzada en referéndum si estima que se ha violado alguno de los principios de la Ley de Claridad. Finalmente, obligaba a que la hipotética secesión de una provincia de Canadá requiriese una enmienda a la Constitución.

ESCOCIA
El referéndum para decidir si Escocia debería ser un país independiente tuvo lugar el 18 de septiembre de 2014. Fue convocado a raíz de un acuerdo entre los gobiernos escocés y del Reino Unido. El primer ministro inglés, David Cameron aceptó la consulta, habida cuenta de que no era anticonstitucional. Como es sabido, el principio fundamental de la Constitución británica ha sido tradicionalmente la doctrina de la soberanía parlamentaria, según la cual los estatutos que se aprueban por el Parlamento son la fuente suprema y última de su ley. Por eso se dice que es una Constitución no escrita, en el sentido de que no está expresada en un único documento con tal nombre.

La pregunta del referéndum, siguiendo las recomendaciones de la Comisión Electoral del Reino Unido, fue: “¿Debería Escocia ser un país independiente? Sí o No “. ​ Para aprobarse la propuesta de la independencia, los resultados del referéndum solo requerían de una mayoría simple. Con algunas excepciones, todos los ciudadanos de la Unión Europea o de la Mancomunidad de Naciones residentes en Escocia de 16 o más años podían votar, un total de unos 4,3 millones de personas. Pero los escoceses no residentes en Escocia no tenían derecho a voto.

Finalmente, el «No» a la independencia se impuso con el 55,3 % de los votos, frente al 44,7 % de los partidarios por la secesión. La participación fue muy alta: 84,6 %. Algo más de millón y medio de escoceses votaron sí a la secesión, de un total de 4,3 millones de electores.

El Ministro Principal de Escocia, Alex Salmond, y su Partido Nacional Escocés estuvieron a favor de la campaña independentista, mientras que el primer ministro británico, David Cameron, y la mayoría de los otros partidos políticos del resto de Reino Unido se mostraron a favor de la permanencia de la situación vigente. Cabe mencionar que Escocia era un estado soberano antes de la aprobación del Acta de Unión de 1707 cuando el Reino de Escocia fue unido con el Reino de Inglaterra para establecer el Reino Unido.

La opinión general de expertos constitucionalistas se inclina en exigir la necesidad de mayoría amplia  para validar una secesión, ya que se trataría de un acto especialmente grave y, posiblemente, irreversible.  Asimismo, se contempla que la participación sea suficiente. En el último referéndum escocés votó el 84,5% del censo electoral, en Montenegro el 86,9%, en Quebec (1995) el 93% y en Timor Oriental el 97,1%.

El referéndum ilegal de Cataluña de 2017 dijo que 2,044 millones de votos dijeron sí a la independencia,  de un censo de 5.313.564 electores, con una participación del 43,03%. Sin embargo, ese censo es inferior al registrado en las elecciones generales de 2015, que fue de 5.510.798, es decir 197.234 menos, algo raro que ponía en entredicho la validez de dicho censo.

En los casos de Quebec y Escocia encontramos algunas diferencias importantes respecto a Cataluña: no eran referéndums ilegales, la participación fue muy alta y no se preveía una declaración unilateral de independencia, así como mayoría reforzada y no simple, en el caso canadiense.

Se pudo leer que “Torra pide a Sánchez un referéndum como el de Quebec para rebajar el conflicto catalán” (elpais.com 28-9-2018). Pero como vimos antes, la ley de Claridad canadiense determina que es el Parlamento nacional el que decide si la pregunta es clara, valora si hay una clara mayoría (“reforzada”, no la mitad más uno), aprueba (o no) una enmienda previa a la Constitución y garantiza que  todas las partes del país toman parte en las negociaciones.


18 de octubre de 2017

MINORÍA DEL 38,5%: INSUFICIENTE APOYO POPULAR A LA PRETENDIDA REPÚBLICA CATALANA





%
CENSO
5.313.564
100,00
VOTOS SI
2.044.038
38,47
RESTO VOTOS (no, en blanco, etc.9
242.179
4,56
ABSTENCIÓN
3.027.347
56,97

Aún en el supuesto de que los resultados de la consulta popular del 1 de Octubre en Cataluña fueran veraces, lo cierto es que los votos afirmativos solo habrían supuesto el 38,47% del supuesto Censo, lo que invalidaría automáticamente cualquier legitimidad para proclamar la independencia.

La torpeza del gobierno del PP en la prevención y gestión del 1-O, así como la posible extralimitación -en todo caso opinable, pero respetable al dimanar de una resolución judicial- en la encarcelación sin fianza de los señores Cuixart y Sánchez no oculta la irracionalidad del desafío separatista, su peor defecto.

Llaman la atención muchos gestos de esta revolución burguesa de arriba hacia abajo. Siguiendo la terminología del historiador vasco Miguel Artola, lo que se observa es que  la burguesía conservadora (PdCat) y la burguesía revolucionaria (ERC) se alían para reclamar su autoridad única sobre una región de España (no nos importa usar este bello vocablo proveniente del latín  regio, regionis), sin importar la fractura social que ya ello está provocando. 

Por otra parte, la postura de Podemos en todo este conflicto está revelando su faz más antisistema (sobre todo su nítida descalificación de la Constitución de 1978), lo que, es de esperar, reduzca la dimensión de sus futuros votantes. 


16 de julio de 2017

DE LA AUTONOMÍA AL SECESIONISMO: BREVE HISTORIA DEL PROBLEMA CATALÁN A TRAVÉS DEL TIEMPO

Los historiadores consideran que el nacionalismo catalán constituyó una corriente política surgida a partir del denominado catalanismo, movimiento cultural nacido en la denominada Renaixença (cuyos orígenes se remontarían a comienzos del siglo XIX),  y cuyo objetivo era la recuperación del uso de la lengua catalana como lengua literaria y de cultura.
Es interesante resaltar que el nacionalismo catalán tuvo mucho que ver con el despegue industrial y económico de Cataluña de finales de siglo XIX, sobre todo a raíz de la repatriación de capitales que trajo el desastre del 98. Entonces, la burguesía adoptó la costumbre aristocrática de escribir en castellano. La mayoría de la literatura era de tema catalán pero escrita en la lengua de Cervantes.

Sin embargo, a finales de ese siglo, la lengua catalana comenzó a prestigiarse, y aunque los algunos filólogos de lenguas románicas situaban la lengua catalana entre los dialectos del occitano, los estudios de Milà y Fontanals,   posteriormente, situaron el catalán como lengua independiente. 

Ya en las postrimerías del siglo XIX, nacen en Cataluña y el País Vasco movimientos que cuestionan la existencia de una única nación española. El punto de partida de los argumentos nacionalistas consiste en afirmar que Cataluña y el País Vasco son naciones y que, por consecuencia, tienen derecho al autogobierno. Esta afirmación la basan en la existencia de unas realidades diferenciales: lengua, derechos históricos (fueros), cultura y costumbres propias.

Fue Enric Prat de la Riba el que fundó la Unió Catalanista en 1891, de  ideología conservadora y católica. Contaba con pocos militantes pero una amplia difusión geográfica y popular por Cataluña. Emitía sellos y monedas alegóricas a la “pàtria catalana”, y tenía una bandera y un himno compuesto por Joan Maragall y Enric Morera. Al año siguiente, esta organización aprobó las denominadas Bases de Manresa, programa en el que se reclama el  autogobierno y una división de competencias entre el estado español y la autonomía catalana.

 Aunque marcadamente nacionalista, la Unió Catalanista no tuvo planteamientos separatistas: “Así, el nacionalismo catalán, que nunca ha sido separatista, que siempre ha sentido la unión fraternal de las nacionalidades ibéricas dentro de la organización federativa, es aspiración levantada de un pueblo, que, con conciencia de su derecho y de su fuerza, marcha con paso seguro  por   el  camino  de  los  grandes  ideales  progresivos de la  humanidad” ( Enric Prat de la riba, “La nacionalidad catalana” 1906)

En 1901 nace la Lliga Regionalista con Francesc Cambó como principal dirigente y Prat de la Riba como ideólogo. También es un partido conservador, católico y burgués con un objetivo principal: la autonomía política para Cataluña dentro de España. La Lliga nace alejada  de cualquier independentismo, y Cambó llegó a participar en el gobierno de Madrid, pese a no conseguir ninguna reforma ante el cerrado centralismo de los gobiernos de la Restauración.

El 5 de julio de 1917 todos los diputados y senadores de Cataluña -a excepción de los monárquicos- se reunieron en el Ayuntamiento de Barcelona y aprobaron un documento que pedía “la plena autonomía de Cataluña” y la “transformación del Estado basándose en un régimen de autonomías que, adaptando su estructura a la realidad española, aumente su cohesión orgánica y facilite el libre desenvolvimiento de sus energías colectivas”. Reunido el Gobierno, contestó al día siguiente de forma negativa, lo que elevó la tensión en la región catalana, siendo Barcelona ocupada militarmente el día 19, con la Guardia Civil patrullando por las calles.

En enero de 1919 la Asamblea Catalana aprobó un proyecto de Estatuto de Autonomía que fue refrendado por 1.046 ayuntamientos catalanes (de un total de 1.072). Largo Caballero, diputado socialista por Barcelona y Secretario General de UGT, les apoyó sin ambages: “Somos un partido internacionalista, pero eso no quiere decir que no reconozcamos las nacionalidades y regiones”.

La Dictadura de Primo de Rivera llevó a cabo inmediatamente una política de constante persecución del catalanismo. Con ello, durante este periodo, los nacionalismos, independientemente de su ideología, tendieron a alinearse con fuerzas obreras.

Durante la II República, mientras que Francesc Cambó y la Lliga apostaban por la continuidad de la monarquía, el catalanismo de izquierdas participó en el Pacto de San Sebastián, y en 1931 se agrupa en Esquerra Republicana de Cataluña, formada por la unión del Partit Republicà Català, Estat Català y otros grupos menores. La hegemonía de Esquerra Republicana durante la II República llevó a la aprobación en las Cortes del Estatuto de Autonomía de 1932 (conocido, asimismo, como el Estatuto de Nuria), que daba a Cataluña un gobierno y parlamento propio, así como determinadas competencias, si bien las aspiraciones iniciales del proyecto de la Generalidad fueron rebajadas (se pedía el derecho a la autodeterminación, modelo federal del Estado, catalán como única lengua oficial).

Con el golpe militar y la llegada del Régimen franquista en 1939, Cataluña vivió una época de represión de su lengua y cultura sin precedentes, lo que explicará en gran medida la reacción de la sociedad en las siguientes décadas. En especial desde 2006, año en el que los catalanes refrendan un nuevo Estatut (con un 50,5% de abstención) que define a Cataluña como nación.

En Septiembre de 2009, Arenys de Munt se convierte en el primer municipio catalán en realizar una consulta popular sobre la independencia. Tres años más tarde llega el momento clave de la deriva soberanista: el Parlament de Cataluña aprueba la “Declaración de Soberanía y el Derecho a Decidir del pueblo de Cataluña”, que el Tribunal Constitucional anuló en 2014. Este mismo año la Cámara Catalana aprobaría la “Ley de Consultas” como instrumento para celebrar un referéndum soberanista, que también suspendió el Tribunal Constitucional. A pesar de ello, la consulta se efectúa el 9 de noviembre de 2014, con una baja participación (37%), en el que el sí a la independencia representaba un 29,5% del censo total. Pese a todo, en marzo de 2015 CDC y ERC pactan una hoja de ruta que plantea sin ambages una declaración unilateral de independencia.

Los comicios autonómicos celebrados en septiembre de 2015 se plantean como un test para medir la fuerza del independentismo, creando los separatistas a tal efecto la coalición electoral Junts pel sí,  formada por Convergencia Democrática de Cataluña (CDC), Esquerra Republicana de Catalunya (ERC), Demócratas de Cataluña y Moviment d'Esquerres.


El hecho es que se registra una derrota independentista en votos pero no en escaños (las papeletas favorables a Junts pel sí supusieron un 39,54%, a las que habría que sumar las de la CUP, un 8,2%). Basándose en la victoria en escaños, el presidente catalán Carles Puigdemont convoca para el 1 de octubre de este año una votación con la pregunta: “¿Quiere que Cataluña sea un estado independiente en forma de república?”.

13 de septiembre de 2015

CLAVES DEL SOBERANISMO CATALÁN: DEL DINERO A QUÉBEC

Resultado de imagen de junts pel si logoComo en la novela negra, el lema “sigue al dinero” podría explicar una razón esencial que, acaso, moviera el soberanismo catalán.  Siendo Cataluña, como es actualmente, fiscalmente solidaria con el resto del país más pobre, se pierde dinero. Podría ser, pues, ésta   la  singularidad que se pretende eliminar con la consecución de la independencia. 

Es, en este sentido, interesante reseñar que son las cuatro comunidades más prósperas –Madrid, Cataluña, Valencia y Baleares- las que ayudan, desde el punto de vista fiscal, al resto de autonomías, particularmente a las más pobres. Cabe destacar, asimismo, que Madrid, bajo esa óptica, resultaría ser el doble de solidaria que Cataluña: -16.723 millones de euros versus -8.455 (fuente: Ministerio de Economía y Hacienda, metodología carga/beneficio, año 2011).   Les  siguen Valencia (-2.018)  y Baleares (-1.483). Las más beneficiadas, por el contrario, resultan ser  Andalucía (+7.421), Canarias (+4.054) y Castilla y León (+3.929).

Así cobrarían sentido las palabras de Germá Bel, cabeza de lista por Tarragona, y parlamentario del Partido Socialista de Cataluña (PSC) entre 2000 y 2004, cuando dice que “el nuevo Estado llegaría a tener hasta 11.594 millones de superávit” o cuando adelanta la situación crediticia en la que quedaría Catalunya, que pasaría, según él, de un ráting de BB a uno mejor (A+): “La cualificación de la deuda viene de la capacidad de regular y, actualmente, Catalunya sólo puede regular sobre un 5% de sus ingresos”.

El 30 de septiembre de 1996 la Corte Suprema de Canadá (que es el tribunal supremo del país y hace el papel de tribunal constitucional) emitió una sentencia que establecía las condiciones en las cuales el Gobierno de ese país, de estructura federal,  podría negociar la posible secesión de una de sus provincias tras un referéndum. El país norteamericano es referencia de Junts pel si, si bien Québec –la región aspirante a la segregación- ha perdido dos referéndums (1980 y 1995). No obstante, la derrota de ese último año fue por un margen mínimo, ya que rozó el 50% de los sufragios (obtuvo el 49,6%).

Entre otras cosas se establecía que la pregunta a realizar fuera suficientemente clara, tras un largo debate en el que participaran todas las partes implicadas, así como que habría de obtenerse, necesariamente, una “mayoría reforzada”. También fijaba que Quebec no tendría el derecho a separarse unilateralmente por la legislación canadiense o internacional, así como que la secesión de una provincia de Canadá requeriría obligatoriamente una enmienda a la Constitución. Los nacionalistas de Québec respondieron con una ley propia (28 de febrero de 2001) que establecía su derecho a independizarse a través de un referéndum que se ganase con un 50% más uno de los votos válidamente emitidos.

El Ministro para Asuntos Intergubernamentales del gobierno canadiense,  Stephan Dion, consideró que esa ley había convertido a Canadá en el primer gran Estado democrático que admitía su divisibilidad en un texto legislativo, precisando que su Gobierno “sólo aceptaría entablar una negociación sobre la secesión en caso de que la población de una provincia manifestara claramente su voluntad de separarse de Canadá, que tendría que expresarse mediante una mayoría clara que responda a una pregunta que aborde claramente la cuestión de la secesión, y sólo después de que el proceso negociador hubiera concluido con justicia para todos en el marco de la primacía del Derecho”.

La opinión general de constitucionalistas, no obstante, es que sería necesaria una mayoría amplia (superior a la simple) para validar una secesión, ya que se trataría de un acto especialmente grave y, posiblemente, irreversible. Y también se contempla que la participación sea suficiente. En el último referéndum escocés votó el 84,5% del censo electoral, en Montenegro el 86,9%, en Quebec (1995) el 93% y en Timor Oriental el 97,1%.


El Parti québécois, junto con el Bloc québécois, ambos de corte socialdemócrata, fueron los impulsores de los dos referéndums mencionados, y mantienen vigente sus aspiraciones independentistas.

3 de agosto de 2012

PEQUEÑECES CATALANAS


El nacionalismo menos elegante y más diminuto, aparecía ayer, si bien no resulta  demasiado sorprendente, en la portada de la edición en papel de “La Vanguardia”.

La medalla obtenida por Mireia Belmonte es resumido en el titular “Plata catalana”.  No hay comentarios que hacer: que cada cual lo juzge.
Los medios de comunicación son unánimes al calificar a Mireia como “la nadadora de Badalona”.  Si consultamos Wikipedia, sabremos que “Badalona es una ciudad y municipio español de la comarca del Barcelonés, en la provincia de Barcelona, comunidad autónoma de Cataluña”, que se caracterizó por  un crecimiento explosivo en los años 60-70 con inmigración provinente de otras regiones de España.

De modo que no resulta extraño que los padres de Mireia Belmonte sean de Jaén (el padre, José) y Granada (la madre, Paqui).

Algo que podría sospecharse, ya que los apellidos de la joven y brillante nadadora no parecen excesivamente “culés”.