Ya que algunos
representantes del independentismo catalán han hecho referencia a los
referéndums de Quebec y Escocia, podría
ser útil recordar los términos y circunstancias de ambos.
CANADÁ
En el referéndum de Quebec de 1980 no se votaba a favor o en contra de la independencia, sino acerca
de si se autorizaba o no al gobierno de la provincia a intentar negociar un acuerdo con el resto de Canadá por el
que Quebec obtendría su plena soberanía manteniendo al mismo tiempo un acuerdo
de asociación con el resto del Estado. El resultado fue claramente desfavorable a los partidarios de la
independencia. Con una participación
del 84,3%, un porcentaje muy alto, 1.478.200 personas votaron «Sí», lo que suponía
un 40,5% del voto emitido; 2.171.913 ciudadanos votaron «No», un 59,56%.
Pasaron tres lustros hasta que, de nuevo, las aspiraciones
secesionistas de la provincia de Quebec volvieran a materializarse, impulsadas
por el Parti Québécois, a
través de un nuevo referéndum.
Así pues, el 30 de octubre
de 1995, se realizó el segundo referéndum en la provincia de Quebec para
preguntar a los votantes si deseaban separarse de Canadá y convertirse en un
Estado independiente. Resultado: 50,58% "No", 49,42% "Sí".
Volvió a ganar el No, por solo 54.228
votos de margen.
Casi un año después, concretamente el 30 de septiembre de 1996, la Corte Suprema de Canadá (que es el
Tribunal Supremo del país y hace el papel de Tribunal Constitucional) emitió
una sentencia que establecía las condiciones
en las cuales el Gobierno canadiense, podría negociar la posible secesión de
una de sus provincias tras un referéndum.
Entre otras cosas se establecía que la pregunta a realizar
fuera suficientemente clara, tras un largo debate en el que
participaran todas las partes implicadas, así como que habría de obtenerse,
necesariamente, una “mayoría reforzada”.
También fijaba que Quebec no tendría el derecho a separarse unilateralmente por
la legislación canadiense o internacional, así como que la secesión de una
provincia de Canadá requeriría obligatoriamente una enmienda a la Constitución.
Los nacionalistas de Quebec años después respondieron con una
ley propia (28 de febrero de 2001)
que establecía su derecho a independizarse a través de un referéndum que se ganase con un 50% más uno de los votos
válidamente emitidos.
El Ministro para Asuntos Intergubernamentales del gobierno
canadiense, Stephan Dion, consideró que la ley de 1996 había convertido a
Canadá en el primer gran Estado democrático
que admitía su divisibilidad en un
texto legislativo, precisando que su Gobierno “sólo aceptaría entablar una
negociación sobre la secesión en caso de que la población de una provincia
manifestara claramente su voluntad de separarse de Canadá, que tendría que
expresarse mediante una mayoría clara
que responda a una pregunta que aborde claramente la cuestión de la secesión, y
sólo después de que el proceso negociador hubiera concluido con justicia para
todos en el marco de la primacía del
Derecho”.
Posteriormente, en junio de 2000, el Parlamento aprobó la
denominada “Ley sobre la Claridad
referendaria”, en la que a la Cámara de los Comunes de Canadá se le
confería el poder de decidir si la pregunta
del referéndum de un hipotético proceso de secesión es clara antes de ser
sometida a votación. También que dicha Cámara tuviera la facultad de determinar
si una “clara mayoría” se habría
producido en la consulta, lo que implicaría que algún tipo de mayoría reforzada sería necesaria para
considerar que el resultado del referéndum habría sido favorable a la secesión.
Asimismo, que todas las provincias y las
primeras naciones (entidades políticas formadas por aborígenes americanos
reconocidas en el sistema político canadiense) deberían tomar parte en las negociaciones,
pudiendo la Cámara de los Comunes anular
una decisión alcanzada en referéndum si estima que se ha violado alguno de
los principios de la Ley de Claridad. Finalmente, obligaba a que la hipotética secesión
de una provincia de Canadá requiriese una enmienda
a la Constitución.
ESCOCIA
El referéndum para decidir si Escocia debería ser un país independiente tuvo lugar el 18 de septiembre de 2014. Fue convocado a
raíz de un acuerdo entre los
gobiernos escocés y del Reino Unido. El primer ministro inglés, David Cameron aceptó la consulta, habida cuenta de que no era anticonstitucional. Como es
sabido, el principio fundamental de la Constitución británica ha sido
tradicionalmente la doctrina de la soberanía
parlamentaria, según la cual los estatutos que se aprueban por el
Parlamento son la fuente suprema y última de su ley. Por eso se dice que es una
Constitución no escrita, en el
sentido de que no está expresada en un único documento con tal nombre.
La pregunta del
referéndum, siguiendo las recomendaciones de la Comisión Electoral del Reino
Unido, fue: “¿Debería
Escocia ser un país independiente? Sí o No “. Para aprobarse la propuesta de la independencia, los
resultados del referéndum solo requerían
de una mayoría simple. Con
algunas excepciones, todos los ciudadanos de la Unión Europea o de la
Mancomunidad de Naciones residentes en Escocia de 16 o más años podían votar,
un total de unos 4,3 millones de personas. Pero los escoceses no residentes en
Escocia no tenían derecho a voto.
Finalmente, el «No» a
la independencia se impuso con el 55,3 % de los votos, frente al 44,7 % de
los partidarios por la secesión. La
participación fue muy alta: 84,6 %. Algo más de millón y medio de escoceses
votaron sí a la secesión, de un total de 4,3 millones de electores.
El Ministro Principal de Escocia, Alex Salmond, y su Partido
Nacional Escocés estuvieron a favor de la campaña independentista, mientras
que el primer ministro británico, David Cameron, y la mayoría de los otros
partidos políticos del resto de Reino Unido se mostraron a favor de la
permanencia de la situación vigente. Cabe mencionar que Escocia era un estado soberano antes de la aprobación
del Acta de Unión de 1707 cuando el
Reino de Escocia fue unido con el Reino de Inglaterra para establecer el Reino
Unido.
La opinión general de
expertos constitucionalistas se inclina en exigir la necesidad de mayoría amplia para validar una secesión, ya que se
trataría de un acto especialmente grave y, posiblemente, irreversible. Asimismo, se contempla que la participación sea suficiente. En el
último referéndum escocés votó el 84,5% del censo electoral, en Montenegro el
86,9%, en Quebec (1995) el 93% y en Timor Oriental el 97,1%.
El referéndum ilegal de Cataluña de 2017 dijo que 2,044 millones de votos dijeron sí a la
independencia, de un censo de
5.313.564 electores, con una participación del 43,03%. Sin embargo, ese censo
es inferior al registrado en las elecciones generales de 2015, que fue de 5.510.798,
es decir 197.234 menos, algo raro que ponía en entredicho la validez de dicho
censo.
En los casos de Quebec
y Escocia
encontramos algunas diferencias importantes respecto a Cataluña: no eran
referéndums ilegales, la participación fue muy alta y no se preveía una
declaración unilateral de independencia, así como mayoría reforzada y no
simple, en el caso canadiense.
Se pudo leer que “Torra pide a Sánchez un referéndum como el
de Quebec para rebajar el conflicto catalán” (elpais.com
28-9-2018). Pero como vimos antes, la ley de Claridad canadiense determina que es el Parlamento nacional
el que decide si la pregunta es clara, valora si hay una clara mayoría
(“reforzada”, no la mitad más uno), aprueba (o no) una enmienda previa a la
Constitución y garantiza que todas las
partes del país toman parte en las negociaciones.
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